Santa Cristina- Relatos Capítulo X Siglo XIX Por Saturnino Cardó Garcia; con la especial colaboración Del Exmo. Ayuntamiento de Santa Cristina de la Polvorosa.

       La irrupción de Napoleón en la política interna y externa de nuestro País, condicionando cualquier decisión por parte de la Corona Española que no fuera de su agrado, exasperó a la inmensa mayoría de españoles. Carlos IV, directamente, o a través de su valido D. Manuel Godoy, ejecutaba las órdenes del emperador, fueran o no consustanciales con el sentir de los españoles.

       Después de múltiples decisiones gravísimas, tomadas aparentemente por el    Rey, pero con el sello de Godoy, este perdió la confianza y fue relevado en todas sus funciones. Era demasiado tarde. El entreguismo de Carlos IV, respecto a Napoleón, culminó con la entrega a éste de la corona de España. Este acto de FELONIA, sin precedentes en la corona de España, se consumó en la ciudad francesa de Bayona. Y aunque se barajan cantidades de oro entregado por Napoleón a Carlos IV, lo cierto es que no consta en ningún documento, que yo sepa, el recibí por aquella traición a los españoles.

       Y Vds. se preguntarán: ¿qué tiene que ver todo esto con Santa Cristina?

       Napoleón había conseguido con la operación de Bayona tener las manos libres para hacer y deshacer en España. Lo primero era nombrar un rey manso a sus pretensiones ¿Quién mejor que su hermano José?; lo entronizó como José I.

Luego las relaciones entre hermanos se deterioraron cuando Napoleón intentó anexionar a Francia todo el territorio al norte del Ebro. Al menos aquí José I demostró tener más dignidad que su antecesor Carlos IV.

       Una de las reformas que intentó el rey francés, y muy necesaria -por cierto-, fue una división racional administrativa y territorial de España. En síntesis, dar vigencia legal a unas unidades administrativas de fácil control por los órganos superiores del estado. Es lo que hoy llamamos “provincias”, y José Bonaparte, a imagen y semejanza del sistema departamental francés, las denominó prefecturas y subprefecturas. Concretamente, la comarca de Benavente que hasta entonces había pertenecido a la provincia de Valladolid pasaba a pertenecer a la prefectura de Astorga, a la que le otorgaba la capitalidad, y a Benavente la 2ª subprefectura.

       León perdía la capitalidad en favor de Astorga, pero retenía la 1ª subprefectura departamental.

       La teórica entrada en vigor ocurrió el 17 de abril de 1810 con la publicación, ese mismo día, en la Gaceta.

Esta ley no pudo entrar en vigor realmente por la situación que pasaba la monarquía española, que no controlaba, ni muchísimo menos, la mayoría del territorio español. No obstante, a la vista de la necesidad de una nueva planificación, en el año 1833 se aprobó la actual, realizada por D. Javier de Burgos, muy parecida a la de Bonaparte, pero por provincias.

       ¿Qué importancia tenía todo esto para Santa Cristina? Simplemente, ahora somos zamoranos; de haber prosperado la de José I, seriamos maragatos.

El pasado 21 de abril, se publicó un articulo sobre este mismo tema, firmado por J.A.G (creo que es Juan Antonio Gil), te felicito, lo desarrollaste perfectamente.

       Llegado este momento de nuestra Historia, no puedo resignarme a pasar por alto todo lo que de ella conocemos, y mucho más de lo quedesconocíamos sobre esta época que venimos llamando La Francesada, por razones obvias.

       Conocemos mediante escritos de varios historiadores que el ejercito de Napoleón llegó a Benavente, persiguiendo a los Ingleses del General Moore, el día 30 de diciembre de 1808. Sabemos que al frente del ejército francés venia el propio emperador Napoleón, según narra D. Fernando Fernandez Brime en su opúsculo “La villa de Benavente y sus contornos”. También nos describe la misma fuenteque la noche del 30 de diciembre durmió en la casa del Marqués de los Salados, sita en la plaza de los bueyes.

       Continúo con D. Fernando Fernandez Brime (que por cierto era sacerdote y nacido y criado en Olmillos de Valverde) que nos indica cómo Napoleón se puso en camino de Astorga al frente de sus tropas, como he dicho antes, en persecución de los Ingleses, pero cuando estaba intentando salvar el obstáculo del puente de Cebrónes recibió un correo por el cual le comunicaban que La Austria, que hasta ese momento había sido su aliado, se había pasado al bando contrario declarando la guerra a Francia.

       El emperador se marchó, aunque el grueso mayor de sus tropas siguió con el acoso a los ingleses hasta Astorga y luego a Galicia. Otra parte quedó acantonada en Benavente hasta mayo del año 1813, año en que se tuvo que ir porque las tropas españolas le estaban derrotando por doquier, y en Europa las cosas no le iban mucho mejor.

       Estos cuatro años de la presencia soldadesca francesa en Benavente no trajeron más que desgracias de todo tipo para la comarca y más allá de ella: asaltos a viviendas para robarles las mieses y el ganado, ocupación de Iglesias para convertirlas en cuarteles, robando todo lo que pensaban que tenía valor, violaciones. etc., etc. El botín que consiguieron no llegó a una centésima parte de lo que destrozaron.

       El patrimonio artístico, monumental e histórico de Benavente casi lo quedaron reducido a cenizas… ¡nada nuevo bajo el Sol! ¡Todas las guerras son iguales!; “yo pienso que las guerras no las gana nadie, las perdemos todos”.

       Algunos párrocos en pueblos de esta comarca plasmaron en los libros de sus parroquias las tropelías y vejaciones sufridas por ellos mismos y sus vecinos de parte de los invasores. Yo estoy convencido que en todos los pueblos ocurrió lo mismo. De ahí mi interés especial por narrar hechos que tenían nombre y apellidos de este pueblo. No ha podido ser hasta ahora, pero si algún día me desplazo hasta el archivo del Obispado de Astorga, prometo mirar todos los libros de la Iglesia referidos a esa época con la esperanza antedicha.

Sin embargo, gracias a D. Juan Carlos de la Mata (Archivero del Ayuntamiento de Benavente y al que desde aquí envío un millón de gracias) que me facilitó un expediente relativo al “puente de los franceses sobre el Rio Órbigo en Santa Cristina de la Polvorosa”, Me sentí realmente reconfortado.

¿Qué era el Puente de los franceses y porqué se le llamó así?

El Puente de los franceses fue construido por las tropas Napoleónicas en el año 1810. Se trataba de una serie de grandes estacas clavadas en el suelo e igualadas por la parte superior; parte que servía de base para colocar clavados a ellas una serie de tablones de madera en forma transversal. De esta manera el puente quedaba hecho un cuerpo, cuya anchura solía ser alrededor de 5 metros, mientras el largo dependía de lo que pidiera el rio.

Por encima de los tablones lo rellenaban con césped sacado de las praderas adyacentes, así como grava del mismo rio.

De esta manera podían pasar con toda celeridad y seguridad todo tipo de carruajes, ganados y personas. Pero no era esta la finalidad del puente por parte de los franceses; habían establecido una línea militar de envolvimiento sobre Galicia desde tres puntos distintos: Benavente-La Puebla, Benavente-Astorga y Astorga-La Coruña. Estratégicamente el plan podía ser perfecto, pero la voluntad irreductible de los guerrilleros españoles por obstaculizar todos los movimientos del ejército francés, estaban haciendo mella en la moral de la tropa. Fue entonces cuando mandaron al Ayuntamiento de Benavente que retirara la barca que tenían instalada en el rio Órbigo (u Órvigo), aquí en Santa Cristina, (según el Ayuntamiento de Benavente desde tiempo inmemorial, yo no pienso lo mismo), para poder construir el puente que les facilitara el movimiento más rápido de sus tropas y acabar con la guerrilla. Construyeron el de Santa Cristina y otro en Rio Negro. La barca que tenía aquí en Santa Cristina (rio) el Ayuntamiento de Benavente la trasladaron, aguas abajo, hasta Barcial y desde ahí hasta el puerto de Castropepe, donde quedó definitivamente asentada.

Hasta aquí los prolegómenos de la construcción del Puente de los franceses en Santa Cristina. Espero que hayan entendido bien los motivos, puramente militares, que impulsaron al ejercito francés a su construcción, y de Perogrullo sería justificar su nombre.

La construcción la hicieron con mano de obra obligada. Emplearon a la gente de Santa Cristina en condiciones de trabajar, y como no era suficiente, obligaron también a los de Benavente. Dice el padre Fernandez Brime que ni a los curas les dejaban oficiar. Todo sin pagar un real.

La madera que emplearon, toda de negrillo, la escogieron donde más les convino. El Ayuntamiento de Benavente, con posterioridad a los hechos, para perjudicar al de Santa Cristina en el litigio que se inició entre ambos Ayuntamientos, lanzó a los cuatro vientos que la madera del puente de Santa Cristina la habían cogido los franceses de su plantación. Puede que también, pero la plantación de Santa Cristina estaba mucho más cerca.

Dos cosas le salieron bien a Santa Cristina: la primera fue que la gente que trabajó obligada en el puente aprendió la técnica para construirlo; la segunda, no menos importante, consistió en que durante más de cuatro años de ocupación, Santa Cristina no pagó los 70 Reales al año que por concordia tenía que pagar al concesionario de la Barca para el Ayuntamiento de Benavente, en concepto de “Pasaje, o barcaje”.

Quiero agregar, por último, que la militarización del Puente exigía, por parte de las tropas francesas, la vigilancia permanente. Esa vigilancia les dio el resultado de la detención de un guerrillero español, de la banda de Cabrera, llamado Francisco Rodriguez (alias el fraile). Fue detenido en el Puente y a continuación trasladado a la mota de Benavente donde fue fusilado, sin darle tiempo a confesarse. Así narra el hecho el padre Fernandez Brime.

                          La barca de Santa Cristina.

 Seguidamente vean a través de fotocopias del libro de D. J. Ignacio Martín Benito “Barcas de paso en el Reino de León” (De la Edad Media al Siglo XX).

Todo referido a la barca de Santa Cristina.

casa

Mis más expresivas gracias a D. José Ignacio Martín Benito (miembro de la Real Academia Española de la Historia) por permitirme publicar este pasaje de su libro.

En mayo de 1813, el ejército Napoleónico acantonado en Benavente emprendió su huida o retirada hacia Francia. No se le ha recordado nunca, ni se le recordará, como ejemplo de decencia. Detrás de sí, dejó un reguero de sangre, sudor y lágrimas. Esto no es un tópico, fue una triste realidad de la que Benaventey su comarca tardó mucho tiempo en recuperarse. El patrimonio no se ha recuperado, ni se recuperará nunca.

Al Ayuntamiento de Santa Cristina, además, le quedó un problema grave en su estructura de comunicación como pueblo de paso para Sanabria, Galicia y viceversa.

Poco después de la huida, el puente de Santa Cristina sobre el rio Órbigo (llamado de los franceses) se quemó en parte -según Martín Benito-; lo llevó el rio-, según D. Gabriel Calvo García -Procurador del Ayuntamiento de Benavente- Las dos versiones son verosímiles; pero la segunda parece más razonable puesto que según el antedicho Procurador, una gran riada en diciembre de 1813 fue la que destruyó el puente. Si tenemos en cuenta que los franceses se habían ido siete meses antes, y que con posterioridad varios puentes similares corrieron la misma suerte por culpa del rio, parece lógico inclinarse por esta posibilidad última. Aún quedan en el rio testigos (estacas) de aquellas construcciones.

Lo cierto es que la gente de Santa Cristina y de muchos pueblos de esta Comarca, así como otros muchos viajeros venidos de Sanabria, e incluso de Galicia, al llegar a Santa Cristina se veían impedidos en su viaje hacia Benavente por no existir ningún medio de pasaje en el rio. El Ayuntamiento de Santa Cristina, ante esta situación de abandono se quejó a los Procuradores en Benavente, pero no consiguieron la solución. Quizás, con acierto o sin él, optaron por solucionar ellos mismos el problema. ¿Cómo lo hicieron? Indiscutiblemente de manera precipitada: aprobaron en un pleno la reconstrucción del susodicho puente de los franceses por cuenta del Ayuntamiento, y además aprobaron una tarifa de utilización que tan pronto el puente estuvo finalizado ellos la aplicaron sin más. Pero el Ayuntamiento de Santa Cristina no estuvo solo, los Procuradores de la Comarca le empujaron.

La tarifa impuesta por este Ayuntamiento era muchísimo más barata para los usuarios que la impuesta anteriormente por los concesionarios en la barca del Ayuntamiento de Benavente, antes de ser retirada por los invasores. Además, el pueblo evitaba pagar la concordia de paso que tenia acordado con La Villa, 70 reales año.

A partir de estos hechos, el Concejo solicita los permisos pertinentes ante el Corregidor de Benavente y el Intendente de la Provincia de Valladolid.

La reacción del Concejo de Benavente, como veremos más adelante, no se hizo esperar.

Hay que tener en cuenta cual era la estructura del poder en estas comarcas. Este, mayoritariamente, estaba concentrado en las manos del Corregidor; que al mismo tiempo era Juez y alcalde de Benavente. Nombrado ¡cómo no! por el mismísimo Conde de Benavente, a dedo, como nombraba a todos los regidores y demás cargos concejiles. Su disponibilidad hacia el Conde era total, pero mientras ejercía, sus competencias trascendían a toda la Comarca.

En el caso concreto del litigio con Santa Cristina, el Corregidor era el denunciante y el juzgador. En román paladino: era juez y parte. Así había sido durante muchos siglos, sin embargo, algo había cambiado con la irrupción de los franceses; en las provincias se había nombrado un Intendente que entendiera de los asuntos contenciosos entre entidades locales. Esta nueva situación facilitó que Santa Cristina recurriera, puenteando al Corregidor de Benavente, ante el Intendente Provincial de Valladolid (provincia a la que pertenecían las dos localidades) y de esta manera evitar una condena segura.

Fotocopia nº 2

                       Fotocopia del encabezamiento suscrito por el Procurador del Ayuntamiento de Benavente D. Gabriel Calvo García.

A continuación, voy a intentar facilitar la lectura del documento original fotocopiado, porque reconozco la dificultad que su lectura conlleva.

Dice así:

D. Gabriel Calbo Garcia, en nombre del Ayuntamiento, Concejo, Justicia y Regimiento de la Villa de Benavente: en los autos formados a instancia del Concejo del lugar de Santa Cristina de la Polvorosa, sobre aprobación de la construcción de un puente de madera sobre el Rio Órbigo, e igualmente de los derechos de pasaje y pontazgo; a virtud de la entrega que se me ha hecho por decreto de 13 de noviembre último para que en su vista exponga en nombre del que represento lo que contemplase oportuno, Digo: que ese expediente tuvo principio a virtud del recurso que a 15 de Julio del año 1814 formó el de Santa Cristina, suponiendo que antes de la entrada y ocupación de los Franceses en aquel paso había una barca en el Rio Órbigo y término de dicho lugar (Santa Cristina), propio de la Villa de Benavente, pero que habiendo sido quitada por aquellos (se refiere a los Franceses) construyeron un puente de maderas para su uso (fines militares) que por su mala calidad y poca consistencia se lo llevaron las aguas, con motivo de las crecientes en el mes de diciembre del año 1813, por cuya falta y la de la barca, quedaron privados del paso diario no solamente los vecinos de Santa Cristina, sino también el público, (se refiere aquí a los viajeros que llegaban de otras comarcas) por ser camino real para Santiago (ya entonces el camino Real que pasaba por Santa Cristina tenía una importancia capital), y sin poder disfrutar aquellos con sus ganados los pastos y labranzas, ni las heredades que tienen a la otra parte de dicho Rio, experimentando unos y otros un grave atraso y perjuicio, que esa fue la causa por lo que la justicia del expresado Lugar (Santa Cristina) practicó varias diligencias con el Procurador de Benavente para que pusiese barca como anteriormente, pero como se había desentendido, solicitó de los Procuradores de la tierra de aquel partido (estos Procuradores fueron los ´sindico de varios Ayuntamientos como Camarzana, Colinas, Santibañez, Vecilla etc. etc., que también estaban interesados en que el paso hacia Benavente funcionara) que les proveyeran del correspondiente remedio habilitando el paso, ya fuera poniendo barca, o reedificando el puente que habían hecho los Franceses; que por no haber tenido efecto, y ser indispensable, ocurrirá el imponderable daño que se experimentará, y que era aún trascendental a los correos por tenerse que conducir las valijas más de tres leguas por los vecinos, y porque únicamente había unos barcos de particulares muy pequeños e inútiles para el paso de personas y caballerías, cobrando excesivas sumas a la sombra de la necesidad, cuál era la de DOS REALES por persona. A la vista de la necesidad acordó el Concejo de Santa Cristina construir, a su costa, un puente de madera nueva, como efectivamente se hizo, bastante sólido y capaz en el rigor del invierno para todo genero de pasajeros, habiendo consumido para ello crecidas sumas, y con mucho trabajo y fatigas del vecindario, y con su beneficio se habría facilitado el paso y tránsito de carruajes, ganados, caballerías y personas, reconociendo todos de una conocida utilidad, como que para reintegrarse de los muchos gastos invertidos, y de los demás que necesita en sus reparos para estar corriente se cobra provisionalmente: por cada carro o coche un real y seis cuartos. Por una carreta tres, por la caballería mayor dos, y uno por la menor.La misma cantidad por cada persona escotera, y un ochavo llevando leña a cuestas para la Villa, quedando excluidos de esa contribución los pobres y el Real Servicio.

Que este proyecto tan útil y ventajoso había sido muy bien recibido en aquel País, y tan bien por los transeúntes, pues por cantidad tan mínima tiene expedito y pronto el paso, cuando en los otros barcos y barcas antiguas sufrían muchas vejaciones con las detenciones y excesivas cantidades que se las exigían.

Y, en fin, que deseando dicho Concejo continuar cobrando el citado pasaje, o pontazgo, con la debida seguridad, dudando, si acaso, sería indispensable la aprobación del Concejo (aquí se refiere al Concejo de la Villa y Tierra de Benavente) la solicitaban por este medio para que se declaren  por propios y privativos del Concejo de Santa Cristina estos bienes.

Alegatos de Santa Cristina y Benavente dirigidos al Intendente de Valladolid.

                            M I   C O M E N T A R I O.

Me he extendido hasta tres hojas del alegato de D. Gabriel Calbo Garcia, para que puedan apreciar en el original, cuál fue la línea argumental o estrategia del Concejo de Santa Cristina en este pleito, que lo enfrentaba al todo poderoso Concejo de Benavente.

Está muy clara; a la urgente necesidad de construir, -mejor dicho- reconstruir el puente de los franceses, se le añade la lógica codicia de recaudar para sí los sustanciales beneficios que el derecho de pasaje venía reportando al Ayuntamiento de Benavente. El atrevimiento u osadía de la construcción, sin ningún tipo de permiso, así como la puesta en servicio, aplicando una tarifa de pasaje sin ninguna aprobación de la superioridad pertinente, puede ser justificada por la urgente necesidad del mismo, así como por el desprecio del Procurador de Benavente cuando el Concejo de Santa Cristina le pidió una urgente solución, y el Procurador no les hizo ni p. caso.

Pero en el fondo, aunque no se plantearon en ningún momento, subyacían dos cuestiones que hay que tener muy en cuenta: la primera es, ya la he citado antes, la lógica codicia al ver a un Ayuntamiento ajeno llenándose los bolsillos en una explotación que tiene instalada en tu propia casa. Para que lo entiendan mejor, fíjense en esta comparativa: en concepto de pasaje de la barca de Santa Cristina, el Ayuntamiento de Benavente ingresaba aproximadamente todos los años alrededor de 9.000 reales. Ver subastas en el libro de J.I. Martín Benito.

El Ayuntamiento de Santa Cristina, en su primer presupuesto en el año 1836, las cantidades presupuestadas eran: Cargo 3.595 Reales. Data: 3.889 Reales con 11 maravedíes. Todos los años, para enjugar el déficit, tenía el Concejo que realizar un repartimiento entre los vecinos. ¿Se imaginan Vds. qué cuerpo se les quedaría a los concejales de Santa Cristina viendo que, de su jurisdicción, el Ayuntamiento de Benavente sacaba tan sabrosos beneficios? ¿Podrían entender racionalmente el motivo? Estoy seguro que no. El beneficio que conseguía el Ayuntamiento de la Villa, en la barca de Santa Cristina, casi triplicaba el presupuesto de éste. Si el año 1814 hubiera habido presupuesto aquí, lo hubiera cuadriplicado con seguridad. En aquella época ni el estado tenía presupuesto; el primero lo formalizó D. Martín de Garay como Ministro de Hacienda en el año 1.818, y solo con el apartado de gastos.

Vean la fotocopia del libro de D. Luis Maria Pastor, publicado en 1863.

“Amago del primer presupuesto del estado español presentado por el Ministro de Hacienda, Garay en 1818”.

La segunda cuestión era consecuencia del cambio de aires en España. A pesar del revisionismo reaccionario del Rey RANA, (así me gusta llamar a Fernando VII),los aires de la Gran Revolución Francesa empezaban a germinar en nuestroPaís.  La abolición de muchos y ancestrales privilegios, la nueva reglamentaciónde los Mayorazgos y Primogenituras, con la posible y legal desaparición de los mismos,las nuevas relaciones entre el Estado y la Iglesia, con la inmediata desamortización de los bienes de ésta, con sus pros y sus contras,y, en una palabra, con la absorción del liberalismo entre las capas más ilustradas de la sociedad española, habían creado el caldo de cultivo para que los más desfavorecidos, en este caso aldeas y lugares, se revelarán contra  los poderes fácticos asentados y consolidados desde la alta edad media.

En el antiguo régimen, Santa Cristina no se hubiera arriesgado a enfrentarse judicialmente a Benavente. Ahora lo hizo -creo yo- porque apreció algún resquicio por el que podía entrar el raciocinio de los nuevos tiempos.

La línea argumental del Ayuntamiento de Benavente representado por varios procuradores como D. Gabriel Calbo Garcia, D. Tomás Garcia Prieto y D. Regino Martín y asesorados por el licenciado D. Manuel de Lucio y Gutiérrez y el Escribano D. Pedro Mariano Fernandez, en el fondo, fue intentar demostrar que el Ayuntamiento de Benavente era dueño y señor del servicio de pasaje en el puente de Santa Cristina de manera exclusiva. El basamento de esta afirmación residía, según D. Gabriel Calbo Garcia, en el uso ancestral o inmemorial del pasaje (barcaje hasta la llegada de los franceses) en beneficio de los bienes propios del Ayuntamiento de Benavente.

Es cierto que presentaron un certificado del Consejo Superior por el cual se comprobó que los beneficios obtenidos por Benavente desde el año 1763 estaban incluidos en los Propios del Ayuntamiento de la Villa, pero no es menos cierto que a 50 años de utilización no se le puede adjetivar como tiempo inmemorial. Falsamente así lo hicieron los Sres. Procuradores de Benavente.

El argumento de Santa Cristina estuvo basado en la interrupción del servicio de pasaje y el desinterés mostrado por el Ayuntamiento de Benavente en reponerlo con la urgencia precisa que las circunstancias requerían.

Estas son las dos líneas argumentales mostradas por los Ayuntamientos de Benavente y Santa Cristina para defender sus posiciones ante el Intendente de Valladolid. Haciendo énfasis, el Ayuntamiento de Benavente (repite la palabra INMEMORIAL, en todo el proceso más de 50 veces.)

Pero hay algo que tengo que poner en valor por parte de D. Gabriel Calbo; la corrección del lenguaje en la parte de exposición de motivos, tanto los de su parte (Ayuntamiento de Benavente) como de la contraria, (Ayuntamiento de Santa Cristina). No solamente fue correcto en las formas y en el trato hacia la oponente, sino que, además, tuvo la gallardía o franqueza de repetir, siempre que citaba a Benavente, MI PARTE, dando a entender a la superioridad que sus razones eran interesadas (de parte). El rigor de esta persona no la he visto jamás en ninguno de los muchos juicios que he leído del Siglo XIX.

El relato de los hechos narrados hasta aquí por D. Gabriel, iban dirigidos al Intendente provincial de Valladolid. A la vista de los cuales, y con la ayuda de los informes que estimara necesarios, emitiría el preceptivo Dictamen, que, administrativamente, deberían aceptar las dos partes. Así fue, en principio.

El Intendente requiere dos informes adicionales: el primero es que le aclaren si el Rio Órbigo a su paso por Santa Cistina es frontera de dos provincias o de dos Reinos. Y la segunda, que un maestro arquitecto emita un informe sobre la seguridad del Puente. En el primero, se nota que la máxima autoridad provincial, en cuestiones administrativas, estaba en las nubes. No conocía la situación del Rio ni tampoco la de Santa Cristina. En el segundo, el estudio fue encargado al Maestro Arquitecto D. Juan Sánchez Escandoso, vecino de Valderas.

El informe, como no podía ser de otra manera, apuntó una serie de mejoras en la estructura y accesos al Puente que nadie se podía comprometer.

No obstante, y a pesar de este escollo, el Intendente emitió el preceptivo dictamen; dictamen o sentencia totalmente salomónica. Por una parte, reconoció el derecho de la Villa a mantener sus derechos sobre el pasaje del Rio,

pero al mismo tiempo consideró que Santa Cristina, al haber realizado por su cuenta la obra de la construcción del susodicho Puente, y habiendo invertido cantidades ingentes de dinero, tenía derecho a resarcirse de todos los gastos.

Por todo lo cual, estableció: que el producto del pontazgo establecido mediante arbitrios por el Ayuntamiento de Santa Cristina fuera dividido en tres partes:

Una tercera parte le correspondería al Ayuntamiento de Santa Cristina por los trabajos y los fondos invertidos en la construcción del mismo. Otra tercera parte también al Ayuntamiento de Santa Cristina como encargada del mantenimiento de este, así fue establecido, y, por último, la parte restante la cobraría el Ayuntamiento de la Villa de Benavente en concepto de la pérdida de derechos que le correspondían en los pasajes del Rio Órbigo.

Además, impuso la obligación de nombrar un administrador y dos interventores para administrar y controlar todas las cuentas de los beneficios recaudados a partir del 24 de Julio del año 1816, fecha en que se notifica a las partes.

Quiero dejar claro que el puente en cuestión no era ya el Puente de los Franceses, que había sido reedificado o reparado por los vecinos de Santa Cristina nada más marchar los mismos de Benavente (mayo de 1813), y que había sido construido unos 20 metros aguas arriba del actual de piedra, en un terreno cuya propiedad correspondía a la Mesta (formaba parte de la cañada Real). Este se lo llevó el Rio en el mes de diciembre de este mismo año, pero los de Santa Cristina, con la celeridad que las circunstancias exigían, construyeron otro a imagen y semejanza, unos 200 metros aguas abajo, en el lugar que llamaban “La rasera”; este es el que está en cuestión con el litigio entre los dos Ayuntamientos.

 El Ayuntamiento de la Villa no estuvo de acuerdo con esta resolución; consecuentemente la recurrió ante la Chancillería de Valladolid, donde la sentencia fue más favorable para ellos. Sin embargo, esta, en Santa Cristina, fue considerada “Leonina” y no ajustada a derecho. Hasta tal punto, que tuvieron el arresto de recurrir al Tribunal Supremo de Madrid.

Después del dictamen del Intendente, a todas luces salomónico, el Ayuntamiento de Benavente, como ya he advertido antes, recurre a la Chancilleria de Valladolid, y encarga de nuevo a D. Gabriel Calvo García, como Procurador del Ayuntamiento, la confección del alegato en defensa del mismo. (Legajo 11, N.º 12, Pag. 15).

Fotocopia

Las razones que empieza esgrimiendo D. Gabriel en defensa de Benavente y contra el dictamen del Intendente son las lógicas en un recurso de estas características: que el Intendente no había tenido en cuenta…., que los intereses de Benavente habían quedado muy mermados por esa decisión….., que el mantenimiento de la Villa peligraba por una decisión arbitraria tomada sin la debida prudencia y ecuanimidad…., que desde tiempo INMEMORIAL Benavente ha tenido los derechos de pasaje reconocidos, incluso por el Concejo y vecinos de Santa Cristina…. Etc. Etc. La única novedad que leo en esta segunda parte del legajo, que me llama la atención, es una cita a Privilegios ancestrales que se han mantenido a través de toda la historia. Y solo lo hace en esta ocasión. Puede que esta cita fuera la clave de la sentencia tan favorable que el Ayuntamiento de la Villa consiguió en la Chancillería de Valladolid, donde se reconocen sus derechos.

Pero lo que verdaderamente me sorprendió, a medida que avanzaba en la lectura de este segundo alegato de D. Gabriel Calbo, era el lenguaje cambiante que se iba notando en la redacción. Se estaba pasando de una corrección exquisita con la parte contraria (en este caso con Santa Cristina) a un discurso incorrecto, agresivo y zafio. Con insultos permanentes al Concejo de Santa Cristina, a los vecinos, incluso a los pueblos que habían apoyado a Santa Cristina a tomar la decisión de construir el nuevo puente en la rasera. No parecía natural que en una persona tan educada (entonces se gustaba decir ilustrada) como D. Gabriel Calbo se hubiera operado este tipo de metamorfosis. La solución la encontré al final del alegato, cuando al justificar un retraso en la presentación de documentos por parte del Ayuntamiento de Santa Cristina, este se justifica por la muerte súbita del procurador D. José Maria Sanz (procurador por parte del Ayuntamiento de Santa Cristina). Quizá a D. Gabriel le mereciera mucho respeto D. José Maria…. O quizás que el Procurador de Benavente en aquella época fuera ya D. Regino Martín.

Esta cita a privilegios ancestrales, estoy seguro que se refería a los recibidos por

el Concejo de Benavente en la Carta Puebla otorgada en el año 1.167 por Fernando II. Confirma mis sospechas, que, paralelamente a los pleitos de Benavente con Santa Cristina, en los mismos tribunales, se dirimía otro pleito entre Benavente y Villafer, por idéntica causa.

Sospecho que el no utilizar este argumento justificativo de manera machacona, como hicieron con “TIEMPO INMEMORIAL”, vino dado por el ambiente hostil que prosperaba entonces contra los privilegios; causantes primeros y principales de la ruina de España.

Para que el diablo no se ría de la mentira, y yo pueda ser lo más imparcial posible, quiero manifestar que los privilegios que tuvo el Concejo de Benavente mediante el derecho de pasaje en casi todos los ríos de las antiguas merindades,

no equivalían solo a la explotación, equivalían también a la instalación y mantenimiento. Ejemplo: en el año 1470, el Concejo de Benavente manda arrancar diez carros de piedra en el “Peñosillo grande” a Juan del Castillo para hacer un puente nuevo para Requexo. Acuerdan adelantarle unos cuantos maravedies y a finales de marzo, cuando esté construido el puente, recibirá del Concejo 1000 mr. Este puente no fue otro que el puente viejo de la vega, que llamábamos aquí en Santa Cristina, y que fue sustituido a mediados del siglo pasado por el actual de hormigón. Estaba construido sobre tres pilares de piedra en la Manga de los Fidalgos (unos 20 metros aguas abajo del actual. Aún quedan restos del mismo). El solado, o capa de rodadura, era de tablones de madera, que tendrían que cambiar varias veces en sus casi 500 años de vida.

En el año 1.484, el Ayuntamiento de Benavente encarga la reparación del puente de Santa Cristina, por haberse quebrado este, al vecino de Santa Cristina Alonso Calbo por la cantidad de 465 maravedíes. La fecha exacta fue el 14 de mayo de ese mismo año.

¿Pero qué puente? ¡Si el rio aún no pasaba por Santa Cristina! El rio no, pero había dos mangas que cruzaban la vereda: la manga de La Tinaja y la manga de La Rita.

La manga de La Tinaja era una desviación de la de los Fidalgos. Tuvo su puente y ahora, desde la desviación de la carretera tiene dos.

Tanto una como la otra se nutrían del rio en épocas de crecida del mismo.

La de La Rita, era la manga por antonomasia, y estoy seguro que fue para ella el puente que reparó Alonso Calbo. Digo esto, porque todos los mayores o muy mayores -como yo-, conocimos La Manga con agua. En el invierno porque el Rio venía crecido, en el verano porque venía seco. La manga de la Rita siempre tenía agua. Ahora ha pasado a mejor vida posando bajo los suelos de la Avda. de la Constitución.

No tengo constancia documental del porqué de sus nombres. Pienso que los antepasados tuvieron razones fundadas para nominarlas de esa manera.

Lo que sí tengo es la certeza de que, aunque el privilegio de los pasajes fuera para el Concejo de Benavente muy rentable -que lo era-, este había estado también a las duras.

Siguiendo con el Pleito entre Benavente y Santa Cristina por el pasaje del rio, tengo que significar que tanto la sentencia o carta ejecutoria de la Chancillería de Valladolid como del Tribunal Supremo, no aparecen en el legajo que, lógicamente, les correspondía en el Archivo de Benavente. Espero encontrarlas en un próximo futuro. No obstante, por deducción, a través de los relatos, he podido concretar el resultado de ambas. Tengan la seguridad que, si las encontramos, inmediatamente las publicaré.

El recurso de alzada por parte de Santa Cristina ante el Tribunal Supremo de Madrid, vino motivado por un defecto de forma en la Carta Ejecutoria (sentencia) de la Chancillería de Valladolid.

Consecuentemente la argumentación de ambos contendientes fue la misma que en los alegatos ante la Chancillería. Eso sí, D. Gabriel Calbo moderó su lenguaje respecto a Santa Cristina, y la corrección entre las dos partes volvió a tomar carta de naturaleza. Los hechos posteriores acaecidos sobre el Rio, me prestan la convicción de que el Tribunal Supremo consideró ajustado a derecho la reclamación de Benavente, pero consideró, al mismo tiempo, que Santa Cristina también tenia derecho a la explotación del pasaje, debido -sobre todo- a que el terreno sobre el que discurría el rio, excepto el de la Cañada, era de su exclusiva Jurisdicción y propiedad. Solo así se puede entender que, a partir del año 1826, en que se pronunció el T. Supremo, y una vez que el puente ya había desaparecido por el mismo motivo que el anterior, las subastas de la barca de Benavente y las mismas de Santa Cristina coinciden en el tiempo y casi en el espacio. Se da la paradoja de que por una y otra parte se lamentan de la ruina de los arrendatarios por motivos de competencia. Las subastas de la barca de Santa Cristina obran en el archivo de este Ayuntamiento.

También los arrendatarios culparon de su ruina al desvío de aguas en la presa del camino de Manganeses hacia la Ría de Benavente para mantener en funcionamiento los molinos de Sorribas y Ventosa. De esta manera, el agua en Santa Cristina era mermada y las caballerías y carruajes cruzaban el rio sin necesidad de utilizar las barcas.

Alegato del Procurador de Benavente ante el Tribunal Supremo de Madrid.

Para terminar este tema, quiero aclarar un hecho irreversible: La carretera Benavente-Mombuey fue diseñada como apéndice entre la Madrid-Coruña y la Villa Castin-Vigo, pero pronto se llegó al convencimiento -los hechos lo corroboraron- del Ministerio de Fomento, que el futuro de la entrada y salida del Sur de Galicia pasaba también por Benavente. De esta convicción se deduce, que ya antes de planificar el puente de piedra (hablo de alrededor de 1.840), a esta carretera se le nominara como carretera de Santiago. Los hechos han demostrado que quienes barruntaron el futuro tenían razón.

Aunque sobre el puente de piedra he tratado en un relato anterior, no creo que sea sobrado decir que en el año 1.860 el proyecto del puente fue declarado de Utilidad Pública.

El año siguiente el Juez de Benavente Sr. Arias Brime, en nombre del Ministerio de Fomento, ejecutó la expropiación de terrenos. El Ayuntamiento de Benavente recurrió el acta de expropiación por entender que sus derechos deberían ser indemnizados. Perdió el recurso porque la Ley establecía entonces, que a los bienes declarados de Utilidad Publica no cabía ningún derecho de expropiación.

El 24 de octubre de 1.863, el párroco de Santa Cristina bendice la primera piedra de la construcción del puente de piedra.

Desde 1.826 en que el Tribunal Supremo pronunció la sentencia sobre el litigio entre los ayuntamientos de Benavente y Santa Cristina. Los enfrentamientos continuaron entre los dos Ayuntamientos. Ya he dicho que, hasta ahora no he podido leer la Carta Ejecutoria o Sentencia, pero el problema siguió latente.

Con la entrada en servicio del puente de piedra, una vez salvado el contratiempo del derrumbe de los tres arcos del E., desaparecieron todos los enfrentamientos entre las Corporaciones vecinas y hermanas.

Estas fueron las personas de Santa Cristina que recibieron el Exhorto del tribunal supremo. Entre ellos están el Alcalde y los Concejales del Ayuntamiento y varios vecinos de los mayores contribuyentes.