Capítulo VI-BIS

SANTA CRISTINA              RELATOS

 

 CAPITULO -VI-BIS         Siglo XVII

 

Requejo; su desaparición y circunstancias.

 

Hace mucho tiempo. Si, hace tanto que a veces la memoria falla y las imágenes no llegan con la nitidez que nos gustaría que lo hicieran.

Fue, creo, en 1985 cuando un amigo relacionado con la Arqueología me llamó para pedirme que acompañara, si podía, a dos Catedráticos de Historia de la Universidad de Valladolid, lo hice gustoso. De uno recuerdo perfectamente el nombre y los apellidos, del otro no recuerdo nada, por ello omitiré nombres. Esto viene a corroborar y dar sentido al primer párrafo.

Querían ver in situ el yacimiento llamado el Torrejón. Allí los llevé, y después de hacer una inspección visual de la zona, y tomar algunas fotografías, se dirigieron a mi para preguntarme si yo conocía algún despoblado que estuviera cerca de allí. Mi contestaciónfue un rotundo NO. Yo conocía bien aquella zona por razones particulares, cuyo topónimo era, y sigue siendo, “Vega de Requejo”. Este topónimo no lo habían puesto al azar; este paraje estaba ubicado en el término Jurisdiccional de este Pueblo. Les pertenecía al Concejo y vecinos del mismo. Junto a la Vega de Requejo hay otro paraje al que llaman Vega Nueva; esta es una franja de terreno situada al N-E que formaba parte de la antigua madre del Rio Órbigo que, según me informan en Manganeses, fue recuperada para, mucho más tarde, convertirla en labrantío.Todo después de que el rio cambiara de curso.Tenemos que tener en cuenta que todos los terrenos situados entre el Rio y la Ria, no se roturaron hasta el Siglo XX.

Mi contestación les produjo perplejidad. Aquello no encajaba; entre los escombros allí acumulados hubo, tiempo atrás, una pequeña espadaña (símbolo evidente de estar ante los restos de una iglesia pequeña o ermita. Yo les expliqué tambiéncómo dicho paraje estaba totalmente cercado por tres vías de agua, a saber: el Rio Órbigo, la Ria,mal llamadade D. Felipe (así se denomina ahora lo que en su tiempo fue el Rio Órbigo) y la Manga Fidalgo. Esto agrandó más su DUDA; si dentro de este paraje no ha habido nunca ningún poblado ¿para que iban a edificar una Iglesia o Ermita si no tenían acceso a ella.? Me preguntaron, también, por el despoblado de Requejo, les indiqué lo que había oído a los mayores del Pueblo: que había estado ubicado en la finca de D. José Seco, a unos cien metros del margen del Rio (junto al Cárcavo del Toro, y de la carretera de Santa Cristina a Manganeses, margen derecha del Rio). Si ya tenían dudas razonables sobre el Torrejón, su origen y fundamento, con las explicaciones que yo les di en lacreída ubicación de Requejo por parte de los mayores de Santa Cristina, esto se convirtió en un Enigma.

Enigma que se planteó, igualmente qué a los Catedráticos de Valladolid, a D. Fernando Regueras Grande (Arqueólogo de Benavente y que ya había excavado la Quinta de Requejo, aquí en Santa Cristina).

Fernando se lo tomó muy en serio el reto del Torrejón y poco tiempo después (creo que en 1986) inició la excavación del mismo.“La duda” es la base y fundamento de todo saber humano.

Alrededor de 20 días, los que Fernando, ayudado por Juan Antonio (yo a Luis A. Grau Lobo no lo vi en la excavación, me supongo que tendría otro cometido) en unas condiciones verdaderamente lamentables, consiguieron esclarecer los secretos que guardaba aquella mole de piedras y vegetación.

El principal objetivo fue plenamente cumplido al comprobar que la iglesia o ermita, que se reconoció por todos al haber tenido una espadaña a la vista, era evidente, que no solo eran espacio de culto sino que, además -lo propio en la época- era Necrópolis (Cementerio).

Paso directamente a narrar las Conclusiones de los dos Arqueólogos (Literal)

De lo anteriormente expuesto: informaciones previas, datos de excavación y hallazgos se puede desprender algunas conclusiones:

  1. Se trata de una Necrópolis asociada a los restos de una ermita o iglesia.
  2. La fábrica de mampostería concertada de las estructuras desescombradas con presencia de algunos materiales intrusivos romanos, prolonga, como es de sobra conocido en otros casos, hábitos y técnicas constructivas que retrotraen a época bajo-medieval romana. La incorporación de tegulae, ladrillos, etc. de este periodo no sorprende, habida cuenta la cercanía de la Villa Romana de Requejo cuyos restos en época medieval debieron ser mucho más consistentes que en la actualidad.
  3. Las tumbas no parecen organizarse de forma individual, más bien semejan, por lo que nos es dado a conocer en la excavación, una fosa común o tumba colectiva donde por lo menos algunos cadáveres presentaban una teja cubriente del macizo facial. Los hallazgos, por otra parte, debido a su exigüidad y simpleza, lejos de un ajuar no indicarían más que la baja categoría social de los muertos.
  4. La cronología que puede establecerse con seguridad para el conjunto abarca desde la última década del Siglo XIV o, apurando la datación, como más arriba observamos, de principios del Siglo XV al tercer cuarto de la decimosexta centuria.
  5. Por último, cabe asociar la presencia de tal iglesia/ermita y necrópolis a uno de los múltiples despoblados que se registran en sus contornos.

En las Lám.II.1 y en Lám. II.2, que verán a continuación, se muestra la teja cubriendo la cara, esto ha sido interpretado por alguno como señal de apestados.        

En la segunda parte de este informe de D. Fernando Regueras y D. Luis A.   Grau, existe un error en la pertenencia de esta iglesia/ ermita. Dudan entre Requejo o Mosteruelo. No cabe la menor duda que la propiedad correspondió a Requejo. Los datos que disponemos hoy, hace 31 años se desconocían, consecuentemente ese fue el motivo de este error.

Requejo desapareció en diciembre de1685, justamente cuando el Rio Órbigo cambió su curso y rompió en dirección a Santa Cristina, habiéndolo hecho siempre hacia Benavente. En su salvaje rompimiento arrasó el poblado de Requejo, del que no quedó piedra sobre piedra; de ahí han nacido muchos errores al no encontrarse vestigio alguno del poblado. Este estaba ubicado en el mismo margen que hoy mantiene el Rio. Hasta esa fecha, la distancia  entre el poblado y la iglesia/ ermita era de unos 300 metros, sin ningún tipo de obstáculos. El camino estaba expedito y la orientación, como necrópolis, era la correcta.

Ahora todo encaja, pero hace 31 años que se emitió el informe, con los datos que se disponía, era imposible que cuadrara.

 Yo reflexionaba sobre lo que pudo ocurrir en Requejo, y me preguntaba: ¿cómo es posible que un pueblo con varios siglos de historia pueda desaparecer sin dejar rastro.? Tenia Concejo propio, tenia Parroquia, disfrutaba de la Concordia de Riego del Canal de Manganeses, tenía un término Municipal apropiado, según consta en la referencia del Catastro de Ensenada-. No, no puede ser que este Pueblo muriera por inanición como ocurrió con Columbrianos. ¿Qué pudo pasar allí?. Ahora ya lo sabemos,: el Padre Rio Órbigo se hartó de que le tomaran el pelo con tantos molinos en Benavente y prefirió la suavidad en el trato de La Estacada.

En Santa Cristina, y en las Navidades de 1909 a 1910 estuvo a punto de repetirse la historia de Requejo. No fue así, pero los avisos hay que atenderlos y estar preparados.

Lo que no entendí entonces (años 80), ni puedo entender hoy todavía, es cómo un acontecimiento trágico como esteno quedó en la memoria colectiva del Pueblo.

Estoy convencido que no hubo desgracias personales, en el caso de que así hubiera sido, la Historia y La Leyenda se hubieran encargado de perpetuar el acontecimiento, aunque con las deformaciones propias de estos casos.

Me resulta chocante que nadie supiera cual era la ubicación del Pueblo, y más teniendo en cuenta que la mayoría de sus moradores tuvieron que refugiarse en Santa Cristina. No puedo asegurar si por casualidad o causalidad el despegue demográfico de Santa Cristina ocurre alrededor de esas fechas (según un estudio que yo mismo he realizado entre los años 1571 y 1871, y que próximamente publicaré), yo me inclino por la segunda

Hasta tal punto el Concejo de Requejo estaba consolidado, que en el año 1553 inició un Pleito contra el Concejo de Santa Cristina por intentar éste aforar un pago que llamaban de “Las Palomas”, a lo que ellos no estaban de acuerdo por considerarlo como propio. El Concejo de Santa Cristina intentó hacer un acto de propiedad y envió a pastar al susodicho pago varios rebaños de Ovejas. Los de Requejo prendaron varias de ellas y el litigio quedó servido.

Siento no poderme extender más sobre este pleito, pero la lectura de la Carta Ejecutoria, en su totalidad, se me hace imposible. Me ocurre a mi aquí lo que le pasaba a mi tía Paca cuando intentaba leer un escrito mío, me decía: “Escríbalo yo y léalo el Diablo” Lo que sí puedo ofrecerles es la esencia del mismo: los hechos ya narrados ocurren en el año 1553. El Concejo y vecinos de Requejo denuncian al de Santa Cristina que es condenado por el tribunal de Benavente. En grado de Apelación el Concejo de Santa Cristina recurre ante la Audiencia de Valladolid (Tribunal Supremo del Reino de Castilla), y en el año 1587 les comunica este Tribunal a las partes la Carta Ejecutoria.

(Trinta y cuatro años después de ocurridos los hechos). La SENTENCIA se divide en dos partes: la Primera parte es Salomónica; al Concejo de Santa Cristina le prohíben intentar la apropiación de ese pago (Las Palomas) para siempre jamás e indemnizar al Concejo de Requejo con la cantidad de 4000 Maravedies. Al Concejo de Requejo le imponen la obligación de devolver en debida forma las prendas que aprehendió de los rebaños de Santa Cristina, y en su defecto el valor de las mismas.

La segunda parte para el Concejo de Santa Cristina es draconiana; condenan, también, al Concejo de Santa Cristina a pagar a la Real Cámara 50.000.- maravedíes en concepto de costas. Le salieron mal Las Palomas al Concejo de Santa Cristina.

Hasta aquí lo que puedo explicitar del Pleito.

EL CATASTRO DEL MARQUÉS DE LA ENSENADA

No me esperaba que 67 años después de su desaparición, la administración central del Reino requiriera a los habitantes del Despoblado de Requejo (así se llamaba ahora) para que aportaran todos los datos sobre situación y producción del término. Son pocas a las preguntas que responden, pero algunas son de vital importancia para el conocimiento del proceso productivo en que quedó el Pueblo después de la catástrofe de 1685.

 Voy a tomar lo más importante de alguna de ellas.  – — LITERAL—

A la segunda pregunta dijeron que dicho despoblado es de señorío, pertenece a el Conde de Benavente. Percibe dos mil quatrocientos quarenta reales y veinte maravedís por los pastos que al presente tiene arrendados don Francisco Costilla, vecino de Villafáfila para sus ganados.

A la tercera dijeron que el territorio que ocupa el término del referido despoblado con la regulación de “hora por legua” a su parecer es quarto y media de legua de levante a poniente, lo mismo de norte a sur, y dos leguas y quarto en circunferencia. Confronta a el levante con término de esta “Billa”, a el poniente con el despoblado de Columbrianos, al nortecon el lugar de Manganeses de la “Polborosa” y al sur con el de Santa Christina de la “Polborosa”. Y en cuanto a su figura se remiten a la que el agrimensor haga.

A la novena pregunta dijeron que la medida de tierra de que se usa en el propuesto término es de Carga. Se compone de doce heminas, esta de cuatro celemines y cada uno ocupa el terrazgo de veinticinco estadales de a tres vayas castellanas en cuadro. Y la carga un mil y doscientos y en cada una de regadío para su siembra se “hechan” si de lino treinta heminas de linaza y si de trigo quince heminas de su especie. En la de secano de buena calidad para dicho efecto se “hechan” de trigo dieciocho, diez y ocho heminas y si de “cevada” veinticuatro. En la de mediana calidad catorce heminas de trigo diez y ocho de “cevada”. Y en la ínfima que regularmente se siembra de centeno doce heminas de esa especie.

A la pregunta 10ª dijeron que en el explicado término había SEISCIENTAS Y DIEZ CARGAS de tierra de la expresada medida. Tres eran de regadío de buena calidad, Quatrocientas quarenta y siete de sembradura de secano. De estas serán ciento de buena calidad, de la Quales se sembrarán anualmente veinte de trigo y treinta de cevada; doscientas de mediana calidad, de estas se sembrarán anualmente sesenta de trigo y quarenta de cevada; ciento cuarenta y siete de ínfima calidad,de las quales se sembrarán setenta y tres y media al año. Ciento y diez de prados de pasto; setenta cargas serán de buena calidad y cincuenta de mediana. A EL RIO ORBIGO QUE PASA POR DICHO DESPOBLADO LE CONSIDERAN QUARENTA CARGAS Y DIEZ A LOS CAMINOS Y SENDAS.

A la pregunta 11ª dijeron que las especies de frutos que se “cogen” en el citado término son: lino, linaza, trigo, centeno y “cevada.”

12ª A la duodécima dijeron: que cada carga de tierra de regadío con una “hordinaria” cultura en un quinquenio y al año sembrada de linaza produce doscientas mañas de lino y cada una de esas un quartillo; y si de trigo cuatro cargas. La de sembradura de secano de buena calidad tres cargas y media de trigo o cinco de “cevada”; la de mediana calidad tres cargas de trigo o quatro de “cevada”; y la de ínfima que regularmente se siembra de centeno dos cargas y media de esta especie. La de prado de buena calidad doce reales y la de mediana con arreglo al arriendo que de sus pastos se “halla” hecho.

A la décima quarta dijeron que el valor que “hordinariamente” tienen los frutos que producen las tierras del propuesto despoblado en un quinquenio y a el año y real y medio la maña de lino arrancada de la tierra; “nobenta” y seis la carga de linaza, cinquenta la de trigo, quarenta la de centeno y treinta la de “cevada”

A la décimo quinta dijeron: que los derechos que se hallan impuestos sobre las tierras del precitado despoblado son el de solo diezmo y de diez una. Se divide el de grano, se hace dos partes y los menudos solo una. Corresponden la “metad” de granos y el todo de menudos a el Curato, QUE HOY SE HALLA EN LITIGIOS Y CON EÓNOMO DEL CITADO DESPOBLADO, y la dicha mitad de granos a los “párrochos” de donde son feligreses que “cultiban”en él.

A la décima “sesta” dijeron: que los referidos derechos en un quinquenio y a el año montarán ocho cargas de trigo, doce de centeno y diez y seis de “cevada”

Y doscientos cincuenta reales los menudos. Y no se “harriendan.”

A la mayoría de las preguntas restantes no contestaron por no entender su contenido. Y yo añado que probablemente tampoco les interesaba pormenorizar demasiado, tratándose de una revisión de catastro.

 

Está firmada por D. Francisco Gonzalez de Villegas. D. Gerónimo Cayetano de Galarza y Tapia. Gerónimo Rodriguez. Como Escribano Pedro Muñoz.

LAS RESPUESTAS.-

Mi comentario:

Referido solo a la requisitoria del Ministerio de Hacienda realizada en 1652.

Siempre he mantenido que el rigor histórico de un relato depende, en buena medida, del conocimiento del Contexto en el que se produjeron los hechos.

En cuanto a esta requisitoria Real impulsada por Don Zenón de Somodevilla y Bengoechea (Marqués de la Ensenada), la considero además de lógica y racional, plausible y ajustada a derecho. Lo que intentó hacer el Marqués fue un estudio de producción en toda España para armonizar y mejorar el sistema tributario del Reino. Lo que hoy se llama un ajuste presupuestario general.

Lo que sobrepasa en grado superlativo mi comprensión, es cómo se puede hacer este tipo de estudio a un pueblo o lugar que ha desaparecido hace 67 años. ¡no lo entiendo!

Pero entiendo mucho menos todavía que el Clero estuviera en litigios por la plaza del Curato (ver respuesta a la pregunta décimo quinta) cuando en el

Despoblado de Requejo ya no quedaba ni el “Alma” que lleva el viento.

Siempre hemos oído a los miembros de la Iglesia que ellos son pastores de almas ¿a qué viene esta afirmación cuando se trata de un despoblado donde no queda ninguna.? La respuesta no puede ser más contundente y está en la décimo quinta: “De diez una para el Curato= DIEZMOS. La Codicia de la Iglesia, en estos tiempos, siempre estaba por encima de lo que debería ser su fin. Digo Codicia, porque en aquellos tiempos la Iglesia rebosaba “Salud= Dinero. Bien distinta era la situación de la Monarquía.

Si de algo puede servir este Capítulo, además de los datos, medidas, hechos históricos amparados por estudios como el de Fernando Regueras Grande y Luis A. Grau Lobo, es para demostrar que todos los Pueblos, por pequeños que sean, tienen una historia que merece ser conocida.

Y por último, quiero, desde este humilde balcón, agradecer a todos los miembros del CENTRO DE ESTUDIOS BENAVENTANOS “LEDO DEL POZO” por su labor en pro de la cultura de nuestra Comarca.¡¡Gracias!!